El presidente Alan García Pérez promulgó anoche la ley de jubilación anticipada, que había sido aprobada el jueves pasado por el Congreso de la República.
Según esa disposición, que sería publicada hoy en “El Peruano”, aquellos que quieran acogerse a la jubilación deberán estar afiliados al sistema privado de pensiones, tener 55 años de edad los hombres y 50 las mujeres y tener doce meses desempleados.
La norma, que estará vigente hasta el 31 de diciembre del 2012, sostiene que el monto mínimo para la pensión será igual o mayor a una remuneración mínima vital, que es de 550 soles. Aquellos que no alcancen ese monto, tendrán derecho a solicitar la devolución del 50% de su fondo aportado.
Esta ley debe ser reglamentada por la SBS, que señalará el procedimiento para acogerse a la jubilación anticipada.
Según esa disposición, que sería publicada hoy en “El Peruano”, aquellos que quieran acogerse a la jubilación deberán estar afiliados al sistema privado de pensiones, tener 55 años de edad los hombres y 50 las mujeres y tener doce meses desempleados.
La norma, que estará vigente hasta el 31 de diciembre del 2012, sostiene que el monto mínimo para la pensión será igual o mayor a una remuneración mínima vital, que es de 550 soles. Aquellos que no alcancen ese monto, tendrán derecho a solicitar la devolución del 50% de su fondo aportado.
Esta ley debe ser reglamentada por la SBS, que señalará el procedimiento para acogerse a la jubilación anticipada.

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