miércoles, 23 de diciembre de 2009

Promulgan reglamento de jubilación anticipada

El Poder Ejecutivo publicó ayer en el diario oficial el reglamento a la ley Nº 29426 Régimen de Jubilación Anticipada (REJA). Así cumple lo estipulado en la mencionada norma, que el Ejecutivo la reglamentara en un plazo de 60 días.
El reglamento determina (al igual que en la norma) que la edad mínima para acogerse al REJA es 55 años para los varones y 50 años para las mujeres, cumplidos antes de la fecha de presentación de la solicitud de pensión.
Además, se debe acreditar la condición de desempleado por al menos 12 meses consecutivos e ininterrumpidos. También precisa que, a quienes se acojan a este mecanismo de jubilación, también les asiste el derecho de obtener un bono de reconocimiento si cumplen con el número de aportes y fondo mínimos.
Se establece también que la pensión calculada debe ser igual o mayor a una remuneración mínima vital (RMV) vigente al momento de la presentación de la solicitud. Si la pensión calculada no alcanzara la RMV, la AFP procederá a la devolución del 50% de los aportes obligatorios —y voluntarios con fin previsional—, así como la rentabilidad generada por ellos. En este caso, el bono de reconocimiento no será materia de devolución, pues el afiliado mantendrá la condición de activo. Es decir, “el 50% restante de su fondo seguirá generando rentabilidad y le será devuelto junto con su bono de reconocimiento cuando cumpla los 65 años”, explica el asesor legal de la Asociación de AFP, Fernando Muñoz Nájar.
OBSERVACIONESSin embargo, tal y como está redactado (el reglamento publicado solo tiene cinco artículos), no explica ni señala los mecanismos que deben seguir las personas que quieran o requieran acogerse a este beneficio y, en cambio, deja en manos de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) y de la Oficina de Normalización Previsional (ONP) la elaboración coordinada de los reglamentos operativos que describan tales mecanismos y plazos.
“Esto es una estafa a quienes han estado reclamando su derecho y no se ha cumplido con la ley [...]; esta establecía que el Ejecutivo tenía 60 días para reglamentar la norma, no para decir que alguien más la tenía que reglamentar”, afirmó el presidente de la Comisión de Economía del Congreso, Luis Galarreta.
Agregó que dichas instituciones no tienen plazos fijos para cumplir con lo que “de manera irresponsable les ha pateado el Ejecutivo”. Sin embargo, fuentes de la SBS y de la ONP sugirieron que los respectivos reglamentos operativos deberían estar listos a finales de enero o a más tardar a mediados de febrero de 2010.
“Nos queda el control político y llamar a la nueva ministra [de Economía y Finanzas, Mercedes Aráoz] al Congreso”, sostuvo Luis Galarreta.
Para el congresista Víctor Mayorga, ex presidente de la comisión de Seguridad Social, “no se puede dejar de lado la obligación de reglamentar y dejar todo en manos de la SBS y de la ONP, eso es ilegal”, afirmó.
Algunos especialistas que prefirieron no ser citados, criticaron que se deje en manos de la SBS y la ONP determinar a qué personas asiste el derecho de acogerse a la jubilación anticipada, pues —en su opinión— podría haber quienes estando desempleados en un régimen de quinta categoría (planilla), podrían no estarlo en el régimen de cuarta (recibos por honorarios), lo que invalidaría su solicitud. Por ello, la única institución capaz de determinar el caso precedente sería la Sunat.
Es el tercer plan que se apruebaEl actual Régimen de Jubilación Anticipada (REJA) constituye el tercero que se ha aprobado desde la creación del Sistema Privado de Pensiones (SPP).
Durante el primero se acogieron 13.000 personas, pues el bono de reconocimiento (un monto que otorga el Estado a los trabajadores que se pasaron al SPP desde el sistema nacional por los aportes realizados a este último) se devolvía íntegramente a la hora de la jubilación.
Al segundo REJA solo se acogieron 200 personas porque el bono de reconocimiento solo redimía una vez que se acababa el fondo de pensiones. Ello hacía imposible calcular, por ejemplo, una pensión vitalicia por parte de las compañías de seguros.
En teoría, unas 12.000 personas podrían acogerse al presente régimen de jubilación y otras 100.000 si se incluye a los desempleados de cuarta categoría.
LAS CIFRAS12.000 personas podrían acogerse al nuevo régimen de jubilación anticipada.
S/.550 es el monto al que asciende la pensión mínima de acuerdo con la ley.
2012 es el año en que el actual régimen de jubilación anticipada expirará.

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